El pago de regalias

Martes, 19 Agosto   

Si una obra fue realizada por varios autores, el porcentaje para el pago de regalías, debe distribuirse entre todos de conformidad con el artículo 45 de las mencionadas Disposiciones generales. La cantidad a cubrir a dichos autores se basa en el precio de comercialización de cada ejemplar, los pagos deben realizarse semestralmente conforme a las ventas efectuadas durante ese periodo.

Por otra parte, el pago de derechos de autor se otorga al creador por ceder de manera temporal la titularidad de los derechos patrimoniales de su obra, cuyo monto también es determinado por el Consejo Editorial. Para que la Dirección General de Asuntos Jurídicos se encuentre en la posibilidad de realizar un dictamen para el pago de regalías